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INVESTIGAC. RENASEH |
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APORTES PARA LA FORMULACIÓN DE UNA POLÍTICA DE VIVIENDA EN BOLIVIA
Este libro contiene cuatro estudios que nos ayudan a comprender la problemática habitacional en Bolivia, todo esto dentro los temas de rerecho a la vivienda, políticas habitacionales, acceso al suelo y financiamiento de la vivienda.
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SEGUIMIENTO A LA IMPLEMENTACIÓN DEL HÁBITAT II EN BOLIVIA
Esta publicación refleja las acciones desarrolladas en Bolivia luego de la Agenda Hábitat II en el marco que ejecuta la Red Nacional de Asentamientos Humanos - RENASEH.
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Situación habitacional Bolivia |
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Noticias destacadas
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De los 9 millones de habitantes en Bolivia el 43% vive en alquiler, anticrético o vivienda cedida, es decir no cuenta con vivienda propia.
En el país existen alrededor de 2 millones de viviendas construidas, pero según datos del INE 2005 faltan 300.000 viviendas para cubrir la demanda total (déficit cuantitativo).
Esta situación es más crítica en cuanto a calidad de la vivienda, porque el 43% de las viviendas existentes carecen de condiciones mínimas de habitabilidad (déficit cualitativo), así el 21% tiene techo de paja, caña, palma y barro.
Del total de viviendas el 81% es de tipo casa, choza o pahuichi, el 14% son cuartos o habitaciones sueltas y sólo el 4% son departamentos.
El 37% de las viviendas no tiene agua por cañería, el 44% no tiene luz eléctrica y el 37% no cuenta con baño ni letrina.
Más del 55% de la población no tiene Título de propiedad de su vivienda, vive en "ilegalidad".
El 30% de las viviendas de Bolivia han sido financiadas por entidades bancarias y fondos estatales, el 70% restante por distintas formas de autoconstrucción con fondos propios.
En este contexto surge la segregación social en nuestras ciudades, distinguiéndose zonas privilegiadas con todos los servicios básicos y equipamientos sociales, frente a oras quie carecen de estos, dando lugar a ciudades injustas y excluyentes.
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¡¡Lo hicimos entre todos y todas!! |
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Novedades
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SE CONSAGRA COMO DERECHO
FUNDAMENTAL EL ACCESO A UN HÁBITAT Y VIVIENDA ADECUADA EN LA CONSTITUCIÓN BOLIVIA
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Artículo 19. I. Toda
persona tiene derecho a un hábitat y vivienda adecuada, que dignifiquen la
vida familiar y comunitaria.
II.
El Estado, en todos sus niveles de gobierno, promoverá planes de vivienda de
interés social, mediante sistemas adecuados de financiamiento, basándose en los
principios de solidaridad y equidad. Estos planes se destinarán preferentemente
a familias de escasos recursos, a grupos menos favorecidos y al área rural.
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El artículo 19, además otorga competencia a los
gobiernos regionales para promover planes de vivienda de interés social
- La Constitución visibiliza los
componentes de la vivienda adecuada desde principios de accesibilidad, equidad
y justicia social
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Después de un año de haberse
aprobado la propuesta de Constitución que presentaron los asambleístas constituyentes en el 2007, y
tras varias revisiones de los artículos polémicos, referidos a las
autonomías y a la Capital del país, el
pasado domingo 25 de enero de 2009 se aprueba la Nueva Constitución Política del
Estado Boliviano con 61,43%.
La Constitución consagra y reconoce los derechos
de los pueblos indígenas como muestra de prioridad política para incluir a las
mayorías, que hasta entonces habían estado marginadas de todo programa de
Gobierno.
Entre los nuevos derechos destaca
el acceso a un hábitat y Vivienda Adecuada como prioridad del Estado en todas
sus formas de Gobierno, abriendo así mayor oportunidad para el acceso a los
grupos más vulnerables (los pobres, los marginados y los excluidos), a través
de iniciativas y proyectos concretos impulsados desde lo local.
Para La
Red Nacional de Asentamientos Humanos
(RENASEH), el Derecho a una Vivienda Adecuada supone un mayor reto, al
conquistado durante el proceso constituyente, en términos de avanzar en la
construcción de políticas habitacionales y específicas, vinculadas al
desarrollo urbano, para intervenir en el mercado de suelo, y ampliar el debate
y reflexión del problema socio habitacional, y de la calidad de la vivienda
social en términos de habitabilidad para la reformulación de herramientas
jurídicas a partir de la gestión social de la ciudadanía.
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| Bajar Constitución Política del Estado Aprobada (artículos que respaldan el Derecho Humano a la Vivienda) |
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| © renaseh-bolivia.org
2004 |
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NOTAS DESTACADAS |
VOLUNTARIADO JUVENIL POR UNA VIVIENDA SOCIAL SALUDABLE - FUNDACIÓN PRO HÁBITAT |
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Hay coyunturas que cambian y se mueven constantemente, sin embargo otros escenarios positivos registran pocas noticias en los medios. En otras latitudes se conoce de hermosas experiencias de ayuda de universitarios o barrios acomodados a familias menos favorecidas, entre otros “Un Techo para Chile” trabaja mucho este intercambio. Sin embargo lo que vimos recientemente en Cochabamba es digno de conocerse y comentar: Un grupo de jóvenes de barrios periféricos de Cochabamba viajaron al campo a colaborar con una comunidad rural.
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LECTURAS |
| CRISIS ECONÓMICA + CASINOS = MISERIA E INSEGURIDAD |
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La debacle de la economía mundial, parece
haber puesto al mundo al borde un abismo insondable con consecuencias
imprevisibles e impredecibles, y cuya duración y fin pocos podrían pronosticar.
El enloquecimiento de las variables y las otroras certezas económicas, de la
mano de operaciones comerciales y financieras especulativas, han puesto en
jaque, a las denominadas por algunos con justicia, “dictaduras del
mercado”, maquilladas de larga data bajo la forma de democracias formales o
liberales.
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| "EL DERECHO A LA VIVIENDA" |
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Este documento es parte de una colección publicada por el
CETIM (Centro Europa - Tercer Mundo) en relación a los derechos humanos.
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Contiene en una primera parte la definición y contenido del
derecho a la vivienda. En una segunda, los tratados internacionales que lo
sustentan . La tercera parte es referida a las obligaciones de los Estados y su
puesta en práctica a nivel nacional. Finalmente la cuarta parte desarrolla los
mecanismos de control disponibles para evitar la violación del derecho.
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www.cetim.ch
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PROGRAMAS DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDA
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Documento
oficial de la Agencia Habitat de NNUU donde se identifican tres experiencias
exitosas de Mejoramiento de la Vivienda en América Latina y el Caribe (2005).
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OPINIÓN |
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El derecho a la propiedad debe ser considerado como un
derecho fundamental de la persona. Idea que defiende Mary Robinson, ex alta
comisionada de Naciones Unidas para los derechos humanos. Robinson explica que
los derechos de propiedad están íntimamente ligados a otros derechos humanos,
fundamentales para el desarrollo de la persona y de las comunidades.
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